Gestoria Integral MS
Mar del Plata, Argentina
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Te acercamos el cronograma para la Preinscripción para el cobro del Ingreso Familiar de Emergencia. Si sos titular de la Asignación Universal o la Asignación por Embarazo, no es necesario realizar ningún trámite, ya que el cobro será automático.
INGRESO FAMILIAR DE EMERGENCIA Son $10.000 que se abonan sólo en el mes de abril destinados a compensar a los sectores más vulnerables a las consecuencias econó...micas de la cuarentena dispuesta por la emergencia sanitaria creada por el Coronavirus (COVID19). Para poder acceder, no tenés que percibir ni vos ni tu grupo familiar otro ingreso proveniente de un trabajo en relación de dependencia público o privado, de una prestación de desempleo, de jubilaciones, pensiones o retiros contributivos o no contributivos nacionales, provinciales, municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA), de planes sociales, salario social complementario, Hacemos Futuro, Potenciar Trabajo u otros programas sociales nacionales, provinciales o municipales, a excepción de los de la AUH o Embarazo o ser monotributista de categoría C o superior o del régimen de autónomos. Lo vas a poder tramitar ingresando en anses.gob.ar desde abril. #ArgentinaUnida #CuidarteEsCuidarnos
Te acercamos el cronograma para la Preinscripción para el cobro del Ingreso Familiar de Emergencia. Si sos titular de la Asignación Universal o la Asignación por Embarazo, no es necesario realizar ningún trámite, ya que el cobro será automático.
Feliz Año para clientes y amigos
Te acercamos el cronograma para la Preinscripción para el cobro del Ingreso Familiar de Emergencia. Si sos titular de la Asignación Universal o la Asignación por Embarazo, no es necesario realizar ningún trámite, ya que el cobro será automático.
INGRESO FAMILIAR DE EMERGENCIA Son $10.000 que se abonan sólo en el mes de abril destinados a compensar a los sectores más vulnerables a las consecuencias econó...micas de la cuarentena dispuesta por la emergencia sanitaria creada por el Coronavirus (COVID19). Para poder acceder, no tenés que percibir ni vos ni tu grupo familiar otro ingreso proveniente de un trabajo en relación de dependencia público o privado, de una prestación de desempleo, de jubilaciones, pensiones o retiros contributivos o no contributivos nacionales, provinciales, municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA), de planes sociales, salario social complementario, Hacemos Futuro, Potenciar Trabajo u otros programas sociales nacionales, provinciales o municipales, a excepción de los de la AUH o Embarazo o ser monotributista de categoría C o superior o del régimen de autónomos. Lo vas a poder tramitar ingresando en anses.gob.ar desde abril. #ArgentinaUnida #CuidarteEsCuidarnos
Muchas felicidades a clientes,amigos y colegas
INGRESO FAMILIAR DE EMERGENCIA Son $10.000 que se abonan sólo en el mes de abril destinados a compensar a los sectores más vulnerables a las consecuencias econó...micas de la cuarentena dispuesta por la emergencia sanitaria creada por el Coronavirus (COVID19). Para poder acceder, no tenés que percibir ni vos ni tu grupo familiar otro ingreso proveniente de un trabajo en relación de dependencia público o privado, de una prestación de desempleo, de jubilaciones, pensiones o retiros contributivos o no contributivos nacionales, provinciales, municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA), de planes sociales, salario social complementario, Hacemos Futuro, Potenciar Trabajo u otros programas sociales nacionales, provinciales o municipales, a excepción de los de la AUH o Embarazo o ser monotributista de categoría C o superior o del régimen de autónomos. Lo vas a poder tramitar ingresando en anses.gob.ar desde abril. #ArgentinaUnida #CuidarteEsCuidarnos
Feliz Año para clientes y amigos
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#asueto VISTO Y CONSIDERANDO: Que los días 24 y 31 de diciembre del año en curso, vísperas de festividades, son días laborables. Que las citadas fechas consti...tuyen, tradicionalmente, motivo de festejos para las familias argentinas y extranjeras que habitan en nuestro territorio. Que, asimismo, y a fin de facilitar las clásicas reuniones familiares que se realizan en dichas fechas, se estima procedente posibilitar el acercamiento de quienes, por diversas causas, se domicilian lejos de sus seres queridos. Que, con ese objeto, se considera conveniente otorgar asueto administrativo los días 24 y 31 del corriente mes. Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL. Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA DECRETA: ARTÍCULO 1.- Otórgase asueto al personal de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL los días 24 y 31 de diciembre de 2019. ARTÍCULO 2.- Instrúyese a los distintos organismos para que implementen las medidas necesarias a efectos de mantener la continuidad de los servicios esenciales. ARTÍCULO 3.- Aclárase que la presente medida no alcanza a las instituciones bancarias y entidades financieras. ARTÍCULO 4.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. FERNÁNDEZ - Santiago Andrés Cafiero - Eduardo Enrique De Pedro e. 19/12/2019 N 98684/19 v. 19/12/2019 Fecha de publicación 19/12/201
Muchas felicidades a clientes,amigos y colegas
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#asueto VISTO Y CONSIDERANDO: Que los días 24 y 31 de diciembre del año en curso, vísperas de festividades, son días laborables. Que las citadas fechas consti...tuyen, tradicionalmente, motivo de festejos para las familias argentinas y extranjeras que habitan en nuestro territorio. Que, asimismo, y a fin de facilitar las clásicas reuniones familiares que se realizan en dichas fechas, se estima procedente posibilitar el acercamiento de quienes, por diversas causas, se domicilian lejos de sus seres queridos. Que, con ese objeto, se considera conveniente otorgar asueto administrativo los días 24 y 31 del corriente mes. Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL. Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA DECRETA: ARTÍCULO 1.- Otórgase asueto al personal de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL los días 24 y 31 de diciembre de 2019. ARTÍCULO 2.- Instrúyese a los distintos organismos para que implementen las medidas necesarias a efectos de mantener la continuidad de los servicios esenciales. ARTÍCULO 3.- Aclárase que la presente medida no alcanza a las instituciones bancarias y entidades financieras. ARTÍCULO 4.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. FERNÁNDEZ - Santiago Andrés Cafiero - Eduardo Enrique De Pedro e. 19/12/2019 N 98684/19 v. 19/12/2019 Fecha de publicación 19/12/201
#asueto VISTO Y CONSIDERANDO: Que los días 24 y 31 de diciembre del año en curso, vísperas de festividades, son días laborables. Que las citadas fechas consti...tuyen, tradicionalmente, motivo de festejos para las familias argentinas y extranjeras que habitan en nuestro territorio. Que, asimismo, y a fin de facilitar las clásicas reuniones familiares que se realizan en dichas fechas, se estima procedente posibilitar el acercamiento de quienes, por diversas causas, se domicilian lejos de sus seres queridos. Que, con ese objeto, se considera conveniente otorgar asueto administrativo los días 24 y 31 del corriente mes. Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL. Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA DECRETA: ARTÍCULO 1.- Otórgase asueto al personal de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL los días 24 y 31 de diciembre de 2019. ARTÍCULO 2.- Instrúyese a los distintos organismos para que implementen las medidas necesarias a efectos de mantener la continuidad de los servicios esenciales. ARTÍCULO 3.- Aclárase que la presente medida no alcanza a las instituciones bancarias y entidades financieras. ARTÍCULO 4.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. FERNÁNDEZ - Santiago Andrés Cafiero - Eduardo Enrique De Pedro e. 19/12/2019 N 98684/19 v. 19/12/2019 Fecha de publicación 19/12/201
Información
Localidad: Mar del Plata, Argentina
Teléfono: +54 9 223 545-5015
Ubicación: La Laura 3600 7600 Mar del Plata, Buenos Aires, Argentina
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