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Estudio Jurídico Orellana & Asoc. 01.05.2021

Se viene la temporada de #vacaciones y nos parece importante recordarles cuántos días les corresponde de acuerdo a su antigüedad: . - MAS DE 6 MESES HASTA 5 AÑOS 14 DÍAS CORRIDOS - MÁS DE 5 AÑOS HASTA 10 AÑOS 21 DÍAS CORRIDOS - MÁS DE 10 AÑOS HASTA 20 AÑOS 28 DÍAS CORRIDOS... - MÁS DE 20 AÑOS 35 DÍAS CORRIDOS . *Menos de 6 meses, es proporcional. - ¿Te quedaron dudas? Consultanos al 15.6605.0367 (https://wa.me/5491166050367) o por mensaje privado a través de nuestras redes See more

Estudio Jurídico Orellana & Asoc. 23.04.2021

Se viene la temporada de #vacaciones y nos parece importante recordarles cuántos días les corresponde de acuerdo a su antigüedad: . - MAS DE 6 MESES HASTA 5 AÑOS 14 DÍAS CORRIDOS - MÁS DE 5 AÑOS HASTA 10 AÑOS 21 DÍAS CORRIDOS - MÁS DE 10 AÑOS HASTA 20 AÑOS 28 DÍAS CORRIDOS... - MÁS DE 20 AÑOS 35 DÍAS CORRIDOS . *Menos de 6 meses, es proporcional. - ¿Te quedaron dudas? Consultanos al 15.6605.0367 (https://wa.me/5491166050367) o por mensaje privado a través de nuestras redes See more

Estudio Jurídico Orellana & Asoc. 20.04.2021

Trabajamos con RECLAMOS LABORALES en el ámbito de la Justicia Nacional del Trabajo con asiento en C.A.B.A. - Comunícate al 15.6605.0367 (https://wa.me/5491166050367) o por mensaje privado a través de nuestras redes

Estudio Jurídico Orellana & Asoc. 12.04.2021

Trabajamos con RECLAMOS LABORALES en el ámbito de la Justicia Nacional del Trabajo con asiento en C.A.B.A. - Comunícate al 15.6605.0367 (https://wa.me/5491166050367) o por mensaje privado a través de nuestras redes

Estudio Jurídico Orellana & Asoc. 10.04.2021

[ #AGUINALDO ] - Este mes se cobra la segunda cuota del aguinaldo. ¿Hasta cuándo hay tiempo? . 18 de DICIEMBRE ... . Vencido el plazo, se deberá reclamar por TELEGRAMA o CARTA DOCUMENTO. - Para mayor información, consultanos por mensaje privado o al 15.6605.0367 (https://wa.me/5491166050367) See more

Estudio Jurídico Orellana & Asoc. 07.04.2021

[ #AGUINALDO ] - Este mes se cobra la segunda cuota del aguinaldo. ¿Hasta cuándo hay tiempo? . 18 de DICIEMBRE ... . Vencido el plazo, se deberá reclamar por TELEGRAMA o CARTA DOCUMENTO. - Para mayor información, consultanos por mensaje privado o al 15.6605.0367 (https://wa.me/5491166050367) See more

Estudio Jurídico Orellana & Asoc. 31.03.2021

[DNU 34/2019] Te compartimos más detalles del Decreto de Necesidad y Urgencia de DOBLE INDEMNIZACIÓN PARA CASOS DE DESPIDOS SIN CAUSA. - ¿Aún te quedaron dudas? Envíanos un mensaje privado con tu consulta.

Estudio Jurídico Orellana & Asoc. 28.03.2021

[DNU 34/2019] Con este nuevo Decreto de Necesidad y Urgencia que se firmó el día de ayer, se establece por el término de 6 meses una doble indemnización en caso de DESPIDO SIN CAUSA. - Esto significa que en caso que un empleador quiera despedir a un trabajador SIN JUSTA CAUSA, deberá pagar el DOBLE DE INDEMNIZACIÓN que corresponda en los términos de la legislación laboral vigente. Este medida excepcional se mantendrá hasta JUNIO 2020. . ¿Te quedaron dudas? Consultanos a través de nuestras redes.

Estudio Jurídico Orellana & Asoc. 25.03.2021

[DNU 34/2019] Te compartimos más detalles del Decreto de Necesidad y Urgencia de DOBLE INDEMNIZACIÓN PARA CASOS DE DESPIDOS SIN CAUSA. - ¿Aún te quedaron dudas? Envíanos un mensaje privado con tu consulta.

Estudio Jurídico Orellana & Asoc. 22.03.2021

Muchas veces, cuando nos encontramos frente a progenitores que se niegan a pagar la cuota alimentaria y además no tienen ingresos comprobables (Ej. trabajo en blanco o monotributo), el Código Civil y Comercial de la Nación nos autoriza a recurrir a este tipo de medidas tendientes a que se cumpla con la obligación. - Consultanos por tu caso a través de nuestras redes o al 15.6605.0367 https://wa.me/5491166050367

Estudio Jurídico Orellana & Asoc. 14.03.2021

[DNU 34/2019] Con este nuevo Decreto de Necesidad y Urgencia que se firmó el día de ayer, se establece por el término de 6 meses una doble indemnización en caso de DESPIDO SIN CAUSA. - Esto significa que en caso que un empleador quiera despedir a un trabajador SIN JUSTA CAUSA, deberá pagar el DOBLE DE INDEMNIZACIÓN que corresponda en los términos de la legislación laboral vigente. Este medida excepcional se mantendrá hasta JUNIO 2020. . ¿Te quedaron dudas? Consultanos a través de nuestras redes.

Estudio Jurídico Orellana & Asoc. 10.03.2021

Muchas veces, cuando nos encontramos frente a progenitores que se niegan a pagar la cuota alimentaria y además no tienen ingresos comprobables (Ej. trabajo en blanco o monotributo), el Código Civil y Comercial de la Nación nos autoriza a recurrir a este tipo de medidas tendientes a que se cumpla con la obligación. - Consultanos por tu caso a través de nuestras redes o al 15.6605.0367 https://wa.me/5491166050367

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