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Consultas Laborales MDP 04.10.2020

TRABAJADOR NO REGISTRADO O "EN NEGRO" - ¿CÓMO PROCEDER? La situación del trabajador no registrado es de total desprotección: no está cubierto por la legislación laboral ni de seguridad social y carece de cobertura médico-asistencial para él y su familia, no tiene derecho al cobro del fondo de desempleo ni seguro de accidentes de trabajo. La Ley 24013 sanciona tanto la falta de registración TOTAL del contrato de trabajo como la registración PARCIAL: esto último se da cuando: ...1. El empleador registra una fecha de ingreso del trabajador posterior a la real. 2. El empleador registra una remuneración del trabajador menor a la efectivamente percibida o efectivamente devengada conforme el CCT aplicable. También puede se da cuando se registra por menos horas de las realmente trabajadas. Si ocurren algunos de estos casos, el trabajador debe intimar al empleador para que regularice su situación. Dicha intimación debe ser efectuada por escrito -telegrama o CD-, estando vigente el contrato de trabajo, individualizando en forma precisa la situación irregular. En caso de que el empleador no regularice la situación, el trabajador podrá considerarse despedido y el empleador deberá abonarle, no sólo la indemnización por despido, sino también las multas previstas en la ley 24013, según el caso, por el trabajo no registrado. Además, si el despido indirecto se produce hasta el 7 de diciembre de 2020, el empleador deberá abonar también la doble indemnización dispuesta por el DNU 34/2019. Por estas u otras cuestiones, no dudes en consultarnos. CONSULTAS Y TURNOS 2235117657 o por mensaje privado. Estudio Jurídico LM Abogados Castelli 2363 - Mar del Plata Especialistas en Derecho Laboral #despido #trabajador #laboral #indemnización #abogado #legal #trabajo #derecho #contrato #salario #remuneración #sueldo #reclamo #jornada #dobleindemnización See more

Consultas Laborales MDP 28.09.2020

Estimados clientes: Novedades! Restablecimiento pleno del servicio de justicia en Mar del Plata a partir del 24 de agosto!

Consultas Laborales MDP 19.09.2020

DOBLE INDEMNIZACIÓN 1. SE APLICA A: - Despidos indirectos (cuando el trabajador se considera despedido por injurias del empleador) acaecidos hasta el 7 de diciembre de 2020 - Retiros voluntarios acaecidos hasta el 7 de diciembre de 2020: en la suma acordada se debería incluir la doble indemnización - Despidos sin causa: a partir de agosto, cuando termine la prohibición de despedir sin causa (salvo que se prorrogue dicha prohibición) y acaecidos hasta el 7 de diciembre de 202...0 2. NO SE APLICA A: - Despidos con causa - Despidos sin causa ante la vigencia de la prohibición (se aplicaría a partir de agosto salvo que la prohibición se prorrogue) - Renuncia 3. REQUISITOS: - Trabajadores con fecha de ingreso anterior 13/12/2019 - Trabajadores privados: no rige para el empleo público 4. MONTO: Indemnización por antigüedad (art. 245 LCT) + preaviso con SAC (art. 232 LCT) + integración del mes de despido con SAC (art. 233 LCT) X 2 Respecto de las multas por trabajo no registrado se entiende que no estarían alcanzadas pues el objetivo de las mismas no es indemnizar el despido, sino una sanción por no haber registrado el contrato de trabajo. ACLARACIÓN: Hasta el mes de julio de 2020 está prohibido despedir sin causa o por falta o disminución de trabajo. Por estas u otras cuestiones, no dudes en consultarnos. TURNOS 2235117657 o por mensaje privado. Estudio Jurídico LM Abogados Castelli 2363 - Mar del Plata Especialistas en Derecho Laboral #despido #trabajador #laboral #indemnización #abogado #legal #trabajo#derecho #contrato #salario #remuneración #sueldo #reclamo #jornada #dobleindemnización #duplicación See more

Consultas Laborales MDP 09.09.2020

Protocolo de apertura Estudios Jurídicos.

Consultas Laborales MDP 24.08.2020

La prioridad hoy es preservar nuestra salud. Debemos quedarnos en nuestros hogares y seguir cuidándonos entre todos. Para consultas pueden enviar mensaje privado o comunicarse al whatsapp del estudio. Para entrevistas podrán pedir turno y luego serán atendidos por videollamada o por llamado telefónico o por mensaje de audio de WhatsApp según la cuestión. Gracias y saludos! Correo electrónico: [email protected] WhatsApp: 2235117657

Información

Localidad: Mar del Plata, Argentina

Teléfono: +54 223 511-7657

Ubicación: Castelli 2363 7600 Mar del Plata, Buenos Aires, Argentina

Web: https://www.linkedin.com/in/leandro-mano-b3b164139/

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